En cumbre del Mercosur adelantan coordinación macroeconómica
FLORIANÓPOLIS, Brasil
(MERCOSUR.COM)
La reunión de ministros de Economía y presidentes de Bancos Centrales del Mercosur decidió poner en marcha la coordinación macroeconómica tres meses antes de lo inicialmente previsto, con lo que comenzará a partir del 1 de enero del 2001, y definió sus contenidos y plazos en lo que hace a deuda fiscal, inflación y a procedimientos para corrección de desvíos.
Se estableció una etapa de transición durante el 2001 y etapas de metas comunes a partir del 2002.
En lo que hace a deuda fiscal neta del sector público consolidado, según el documento emitido hoy por el Grupo Mercado Común, "se establece una meta común a partir del 2002 que fija un valor máximo de tres por ciento del PBI para todos los países" que integran el Mercosur, pero para Brasil se abre un período de adecuación en los años 2002 y 2003 en los que "se define transitoriamente un valor máximo del 3,5 por ciento de su PBI.
En lo que hace al stock total de la deuda pública se "estableció a partir del 2010 un tope indicativo común para todos los países del 40 por ciento del PBI".
A partir del 2005, con base en el promedio 2002, "se define una trayectoria decreciente para los sucesivos promedios trienales".
Como nivel máximo de inflación se estableció un valor de cinco por ciento para el lapso 2002 a 2005, y a partir del año siguiente se definió como "núcleo inflacionario" un valor del 4 por ciento.
"Adicionalmente, a partir del 2006 la tendencia del núcleo inflacionario no será superior al tres por ciento anual", precisó el documento de los ministros de Economía y titulares de los Bancos Centrales.
Como procedimiento para corregir posibles desvíos de estas metas el documento precisó que "el país que incurra en desvíos deberá explicitar, en la primera reunión del Grupo Mercado Común (GMC) posterior a ese año, las medidas correctivas necesarias para converger a las metas establecidas.
Esta convergencia deberá verificarse a más tardar a fin del año siguiente al de la presentación de los indicadores al GMC".
El documento agrega que las medidas correctivas deben incluir, al menos, los siguientes puntos: "proyección macroeconómica para el período de retorno a las metas, medidas de política macroeconómica, medidas estructurales, cuando corresponda".
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